¡El tiempo se acaba!
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                                                                 | 
                                                                
                                                                      
                                                                 | 
                                                                
                                                                    Factura Electrónica obligatoria
                                                                    
                                                                    
                                                                        
                                                                             | 
                                                                            
                                                                                 
                                                                                    A partir de 2014 la Factura Electrónica es obligatoria para todos los contribuyentes 
                                                                             | 
                                                                         
                                                                        
                                                                            |   | 
                                                                            
                                                                                 
                                                                                 
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                                                                             | 
                                                                            
                                                                                 
                                                                                    Es decir: 
                                                                             | 
                                                                         
                                                                        
                                                                            |   | 
                                                                              | 
                                                                              | 
                                                                         
                                                                        
                                                                            |   | 
                                                                            
                                                                                 
                                                                                 
                                                                             | 
                                                                            
                                                                                
                                                                                    - 
                                                                                        
                                                                                            Las facturas y recibos impresos ya no serán válidos. 
                                                                                             
                                                                                         
                                                                                     
                                                                                    - 
                                                                                        
                                                                                            Si emites facturas electrónicas (CFD) desde antes de 2011, tampoco. 
                                                                                     
                                                                                 
                                                                             | 
                                                                         
                                                                     
                                                                     
                                                                    
                                                                        
                                                                            
                                                                                
                                                                                    
                                                                                        Ahora, la Factura Electrónica te permitirá hacer todo ¡más fácil... más rápido! 
                                                                                 
                                                                             | 
                                                                         
                                                                        
                                                                            |   | 
                                                                         
                                                                        
                                                                            
                                                                                
                                                                                    
                                                                                        Y además, se depositará automáticamente en tu Buzón Tributario. 
                                                                                 
                                                                             | 
                                                                         
                                                                     
                                                                 | 
                                                             
                                                         
                                                         
                                                        
                                                         
                                                        Texto original de : 
                                                        www.sat.gob.mx 
                                                         
                                                         
                                                     | 
                                                    
                                                        
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